REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN

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REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN 1973

INSTALACIONES INTERIORES O RECEPTORAS.

Prescripciones de carácter general

INSTRUCCIÓN MIE BT- 017    BT017 CONTINUACIÓN >>

INDICE

1 Ámbito de aplicación.

2 Prescripciones de carácter general.
2.1 Conductores activos.
2.1.1 Naturaleza de los conductores
2.1.2
Sección de los conductores. Caídas de tensión.
2.1.3Intensidades máximas admisibles
2.1.4 Factores de corrección
2.1.5 Cables flexibles para alimentación de aparatos electrodomésticos o similares
2.2 Conductores de protección.
2.3 Subdivisión de las instalaciones.
2.4 Reparto de cargas.
2.5 Posible separación de la alimentación.
2.6 Posibilidad de conectar y desconcectar en carga.
2.7 Medidas de protección contra contactos.
2.8 Resistencia de aislamiento y rigidez dieléctrica.

3 Canalizaciones.
3.1 Disposición.
3.2 Accesibilidad.
3.3 Identificación.

 

1. ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Las prescripciones contenidas en esta Instrucción se refieren a instalaciones definidas por las siguientes tensiones:
En sistemas unidos directamente a tierra:
Corriente alterna:
250 V entre fase y tierra, y
450 V entre fases.
Corriente continua:
375 V entre conductor polar y tierra, y
650 V entre conductores polares.
En sistemas no unidos directamente a tierra y siempre que no sea utilizado el conductor neutro en la distribución de la energía:
Corriente alterna:
450 V entre fases.
Corriente continua:
675 V entre conductores polares.
Para tensiones superiores a las señaladas, se seguirán las prescripciones particulares indicadas en la Instrucción
MI BT 030.
Las condiciones particulares para instalaciones de conexión de aparatos receptores, se fijan en las Instrucciones
MI BT 031 a 038, inclusives.

 

2. PRESCRIPCIONES DE CARÁCTER GENERAL
2.1 Conductores activos
Se considerarán como conductores activos en toda instalación, los destinados normalmente a la transmisión de la energía eléctrica. Esta consideración se aplica a los conductores de fase y al conductor neutro en corriente alterna y a los conductores polares y al compensador en corriente continua.

2.1.1 Naturaleza de los conductores
Los conductores rígidos que se empleen en las instalaciones, deberán ser de cobre o de aluminio. Los conductores flexibles serán únicamente de cobre.
Los conductores desnudos o aislados, de sección superior a 16 milímetros cuadrados, que sean sometidos a tracción mecánica de tensado, se emplearán en forma de cables.

2.1.2 Sección de los conductores. Caídas de tensión.
La sección de los conductores a utilizar se determinará de forma que la caída de tensión entre el origen de la instalación y cualquier punto de utilización, sea menor del 3 por 100 de la tensión nominal en el origen de la instalación, para alumbrado, y del 5 por 100 para los demás usos. Esta caída de tensión se calculará considerando alimentados todos los aparatos de utilización susceptibles de funcionar simultáneamente.
El número de aparatos susceptibles de funcionar simultáneamente, se determinará en cada caso particular, de acuerdo con las indicaciones facilitadas por el usuario de la energía, o según una utilización racional de los aparatos.

 

2.1.3 Intensidades máximas admisibles
Las intensidades máximas admisibles en servicio permanente para conductores aislados en canalizaciones fijas, y a una temperatura ambiente de 40ºC son las señaladas en las
Tablas I y II de esta Instrucción, según sea el tipo de aislamiento y sistema de instalación. Estas tablas se refieren a los cables normalmente usados en instalaciones interiores o receptoras, es decir, de tensión nominal de aislamiento de hasta 750 voltios. Para los cables de tensión nominal de aislamiento de 1.000 voltios o para cables desnudos se aplicarán los valores de las Tablas de las Instrucciones MI BT 004 ó 007 según corresponda.
Para canalizaciones movibles, la intensidad máxima admisibles en los conductores aislados será la correspondiente a los mismos en canalizaciones fijas, reducida en un 20 por 100.
En cuanto a los sistemas de instalación, en la Instrucción
MI BT 018 se enuncian y se definen cada uno de ellos. Estos sistemas de instalación pueden clasificarse en dos grandes grupos a efectos de disipación térmica, que permita calcular la intensidad máxima admisible en los conductores: "Al aire o directamente empotrados" y "Bajo tubo o en conductos".
La expresión "al aire" se aplica a montajes de cables unipolares o multipolares, instalados según los siguientes sistemas de instalación:

a) Grapeados directamente sobre paredes o muros.

b) Colocados en huecos, atarjeas o en zanjas abiertas o ventiladas.

c) Colocados sobre bandejas perforadas.

d) Suspendidos de un cable fiador o colocados sobre aisladores o poleas.


Se supone que la sección de los huecos, atarjeas o zanjas, es muy grande comparada con la sección total de todos los cables instalados.
La expresión "directamente empotrados" se aplica a la instalación de cables directamente empotrados bajo el enlucido, albañilería o en muros o paredes de hormigón. Sin embargo, no son aplicables los valores dados en las Tablas cuando el cables está directamente empotrado en materiales de características de aislamiento térmico muy elevadas, tales como lana de vidrio, poliestireno y otros aislantes térmicos.
La expresión "bajo tubo" se aplica al montaje de cables bajo tubo de plástico o metálico o bajo molduras, cualquiera que sea el tipo de instalación del tubo: al aire grapeado sobre pared o empotrado, o en atarjeas, huecos o zanjas ventiladas, etc. Sin embargo, no son aplicables los valores dados en las tablas cuando el tubo que aloja el cable está empotrado en materiales de características de aislamiento térmico muy elevadas, tales como lana de vidrio, poliestireno u otros aislantes térmicos.
La expresión "en conductos" se aplica al montaje de cables en conductos o canales abiertos o cerrados o en huecos formados en la estructura de los edificios. Se supone que la sección de estos canales, conductos o huecos es tal que la suma de las secciones totales de todos los cables instalados en ellos es la máxima compatible con un tendido fácilmente realizable.

 

TABLA l
Intensidad máxima admisible, en amperios, para cables con conductores de cobre aislados con goma, o con policloruro de vinilo. (Servicio permanente) Temperatura ambiente 40ºC

Al aire o directamente empotrados

  

Un solo cable

Varios cables

Sección nominal

1

1

1

2

3

mm2 (5)

Unipolar

Bipolar

Tripolar (1)

Unipolares

Unipolares (3)

0.5

7.5

5.5

5

6

5.5

0.75

10

8

6.5

8.5

7

1

13

10.5

9.5

12

9

1.5

17

13

12

15

12

2.5

23

18

17

21

17

4

31

25

23

28

23

6

40

32

29

36

29

10

55

44

40

50

40

16

74

59

54

67

54

25

97

78

71

88

73

35

120

97

88

110

87

50

145

115

105

130

110

70

185

140

120

165

140

95

225

166

145

200

180

120

260

-

-

235

210

150

300

-

-

270

240

 

.

Bajo tubo o conducto (4)

Un solo cable

Varios cables

Sección nominal

1

1

1

2

3

mm2 (5)

Unipolar (2)

Bipolar

Tripolar (1)

Unipolares

Unipolares (3)

0.5

7

5

4.5

5.5

5

0.75

9

7

6

7.5

6.5

1

12

8.5

7.5

9.5

8.5

1.5

15

12

10

12

11

2.5

21

16

14

17

15

4

28

22

19

23

20

6

34

28

24

29

26

10

49

38

34

40

36

16

64

51

44

54

48

25

85

68

59

71

64

35

110

83

72

88

78

50

130

98

85

110

95

70

160

118

100

135

120

95

200

140

120

165

145

120

230

-

-

190

170

150

265

-

-

220

195

   (1) Los mismos valores se aplican a los cables de 4 conductores, constituidos por tres fases y neutro, o tres fases y protección, y a los de 5 conductores, constituidos por tres fases, neutro y protección.
    (2) Sólo aplicable para corriente continua en cualquier clase de tubo o para corriente alterna en tubos de material no ferromagnético.
    (3) Los mismos valores se aplican al agrupamiento de 4 ó 5 conductores para suministros trifásicos con neutro y/o protección.
    (4) Ver apartado 2.1.4 "Factores de corrección"
    (5) No todas las secciones nominales son de fabricación normal para todas las composiciones de cables en ambos tipos de aislamiento. Veanse las normas UNE 21.027 1™ R. y 21.031.

INDICE

   TABLA II
Intensidad máxima admisible en amperios para cables rígidos con conductores de cobre aislados con goma butilica, etileno-propileno o polietileno reticulado. (Servicio permanente) Temperatura ambiente 40ºC

Tipo de instalación

Al aire o directamente empotrados

Bajo tubo o conducto (3)

1 Bipolar

1 Tripolar (1)

1 Bipolar

1 Tripolar

Sección nominal

2 Unipolares

3 Unipolares

2 Unipolares

3 Unipolares

mm2

agrupados

agrupados (2)

agrupados

agrupados (2)

1

17

15

15

13

1.5

22

20

20

18

2.5

30

27

27

23

4

40

36

36

31

.

.

.

.

.

6

52

47

47

41

10

72

64

64

57

16

96

86

86

76

25

128

114

114

101

.

.

.

.

.

35

157

141

141

124

50

191

171

171

151

70

243

218

218

192

95

294

264

264

232

 (1) Los mismos valores se aplican a los cables de 4 conductores, constituidos por tres fases y neutro o tres fases y protección, y a los de 5 conductores, constituidos por tres fases, neutro y protección.
    (2) Los mismos valores se aplican al agrupamiento de 4 conductores para suministros trifásicos con neutro o 5 conductores para suministros trifásicos con neutro y protección.
    (3) Ver factores de corrección.

 

2.1.4 Factores de corrección
La intensidad máxima admisible deducida de las
Tablas l y ll deberá corregirse teniendo en cuenta las características de la instalación de forma que el incremento de temperatura provocado por la corriente eléctrica, no dé lugar a una temperatura en el conductor superior a 60ºC, en los cables con aislamiento de goma butílica, etileno-propileno o polietileno reticulado.
Cuando por un tubo o conducto tengan que pasar más de 3 conductores normalmente recorridos por la corriente, los valores de la intensidad máxima admisible se reducirán aplicando los factores de reducción siguientes:

De 4 a 7 conductores = 0.90

Más de 7 conductores = 0.70


Para el cómputo de estos conductores no se tendrá en cuenta en ningún caso el conductor de protección ni el neutro en su suministro trifásico con neutro.
Para valores de la temperatura ambiente de 40ºC se aplicarán los factores de corrección de la
Tabla III según el tipo de aislamiento.

TABLA III
Factores de corrección de la intensidad máxima admisible en función de la temperatura ambiente

  

Temperatura ºC

Tipo de aislamiento

10

15

20

25

30

35

40

45

50

V-G

1.57

1.49

1.40

1.30

1.22

1.13

1.00

0.87

0.71

B-D-R

1.30

1.26

1.21

1.16

1.11

1.06

1.00

0.94

0.89

Tipos de aislamiento:
V = Policloruro de vinilo.
G = Goma.
B = Goma butílica (butil).

D = Etileno-propileno.
R = Polietileno reticulado.

   

2.1.5 - Cables flexibles para alimentación de aparatos electrodomésticos o similares
Los cables flexibles aislados con policloruro de vinilo no deben emplearse en aparatos cuyas partes metálicas exteriores puedan alcanzar una temperatura superior a 75ºC y puedan entrar en contacto con el cable en servicio normal, a menos que sea un cable especialmente concebido para resistir dicha temperatura sin deterioro.
Los cables flexibles conectados permanentemente a un aparato receptor de Clase l, tendrán un conductor verde/amarillo, conectado al borne interior de tierra del aparato y en el otro extremo, al contacto de tierra de la clavija de toma de corriente, si existe.
La sección nominal de los conductores de estos cables flexibles, será como mínimo la que se indica en la
Tabla IV.

TABLA IV
Secciones nominales de los cables flexibles para alimentación de aparatos electrodomésticos o similares

Intensidad nominal del aparato In, A

Sección del conductor mm2

ln 10

0.75

10 < In 13.5

1

13.5 < ln 16

1,5

16 < ln 25

2,5

25 < ln 32

4

32 < ln 40

6

40 < ln 60

10

INDICE