Los edificios de nueva construcción deberán disponer de la Certificación de Eficiencia Energética. La norma, que complementa al Código Técnico de Edificación, no afectará de momento a los edificios existentes Su aprobación forma parte de las medidas de desarrollo del Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética impulsadas por el Ministerio de Industria a través del IDAE A cada edificio le será asignada una clasificación energética de acuerdo con una escala de siete letras y siete colores, que van desde el edificio más eficiente (clase A) al edificio menos eficiente (clase G) Los usuarios, propietarios e inquilinos, podrán conocer la clase de eficiencia energética de los edificios, antes de su compra o alquiler mediante el certificado de eficiencia energética El certificado tendrá una validez máxima de 10 años y serán las Comunidades Autónomas las que deberán establecer las condiciones específicas para proceder a su renovación o actualización Aquí puedes descargar el documento. Si quieres puedes acceder a la web del mcyt para ver la Nota de prensa
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