Debido a Autos dictados por el Tribunal Supremo, se desestiman los peajes que se han aplicado desde octubre de 2011 hasta el 31 de marzo de 2012. Se establecen unas subidas en los peajes que se aplicaron en estos periodos, que habrá que transmitir con carácter retroactivo a los clientes que tenían un contrato de electricidad.
El único periodo en el que no habrá que modificar los peajes es del 22 de diciembre de 2011 al 31 de diciembre de 2011, dado que en este periodo ya se aplicaron subidas de peajes dictadas por el Tribunal Supremo, debidas a las quejas de las compañías distribuidoras, por el déficit de tarifa acumulado.
1. Subidas de peajes del periodo correspondiente al cuarto trimestre de 2011 (del 1 de Octubre al 22 de Diciembre de 2011):
- Con carácter retroactivo, las comercializadoras tienen que recaudar un incremento del peaje a todos los clientes que tenían un contrato de suministro eléctrico en este periodo.
- ¿a quiénes aplica?: Esto aplica tanto a clientes que estuvieran en mercado libre como a clientes que estuvieran en la TUR.
- ¿cuándo lo tienen que pagar? La comercializadora lo tiene que repartir equitativamente entre las facturas que le tiene que enviar al cliente hasta diciembre de 2012.
- ¿cuánto tienen que pagar? El valor que hay que recaudar lo tienen que enviar las empresas distribuidoras a las comercializadoras que actualmente tienen al cliente en su cartera.
2. Subidas de peajes del periodo correspondiente al primer trimestre de 2012 (del 1 de Enero al 31 de Marzo de 2012):
- Con carácter retroactivo, las comercializadoras tienen que recaudar un incremento del peaje a todos los clientes que tenían un contrato de suministro eléctrico en este periodo.
- ¿a quiénes aplica?: Esto aplica tanto a clientes que estuvieran en mercado libre como a clientes que estuvieran en la TUR.
- ¿cuándo lo tienen que pagar? La comercializadora lo tiene que repartir equitativamente entre las facturas que le tiene que enviar al cliente hasta diciembre de 2012.
- ¿cuánto tienen que pagar? El valor que hay que recaudar lo tienen que enviar las empresas distribuidoras a las comercializadoras que actualmente tienen al cliente en su cartera.