REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN |
REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN 1973
INSTALACIONES DE ENLACE.
Líneas repartidoras
INSTRUCCIÓN MIE BT- 013
1-LÍNEA REPARTIDORA.
1.1 Instalación.
1.1.1 Edificios destinados principalmente a viviendas. Edificios comerciales, e oficinas o destinados a una concentración de industrias.
1.1.2 Edificios destinados a un solo abonado.
1.2. Conductores.
1. LÍNEA
REPARTIDORA
Cuando esta línea está instalada
verticalmente en el interior de un edificio de varias
plantas y de la cual se derivan conexiones para los
distintos pisos, recibe también el nombre de "columna
montante".
1.1
Instalación
1.1.1 Edificios destinados
principalmente a viviendas. Edificios comerciales, de
oficinas o destinados a una concentración de
industrias.
Cuando los contadores se coloquen en forma individual o se
prevea su concentración por plantas, la línea
repartidora se instalará siguiendo la caja de la
escalera, utilizando preferentemente para ello las
correspondientes a las escaleras de servicio. En los
rellanos de entrada a las viviendas o locales, se
dispondrán de cajas precintables de
derivación, de las cuales partirán las
derivaciones individuales que enlazarán con el
contador o contadores de cada abonado. En estas cajas de
derivación podrán colocarse los fusibles de
seguridad.
Cuando los contadores se instalen de forma concentrada en
locales o espacios adecuados a este fin, la línea
repartidora enlazará la caja general de
protección con el lugar de concentración de
contadores. La línea repartidora terminará en
un embarrado o en unos bornes que quedarán protegidos
contra cualquier manipulación indebida. De este
embarrado o bornes partirán las conexiones a los
fusibles de seguridad de cada derivación individual.
Cada derivación individual será totalmente
independiente de las derivaciones correspondientes a otros
abonados, no admitiéndose en un mismo tubo ni en
cajas de paso o de derivación, circuitos
correspondientes a distintos abonados.
En todos los casos, las líneas repartidoras
deberán discurrir, siempre que sea posible, por
lugares de uso común.
Las líneas repartidoras podrán estar
constituidas por:
-Conductores aislados en el interior de tubos
empotrados.
-Conductores aislados en el interior de tubos de montaje
superficial.
-Canalizaciones prefabricadas.
-Conductores aislados con cubierta metálica en
montaje superficial.
Los tubos que se destinen a contener los conductores de una
línea repartidora deberán de ser de un
diámetro nominal que permita ampliar la
sección de los conductores inicialmente instalados en
un 100 por 100.
Se recomienda alojar las líneas repartidoras en el
interior de una canaladura, preparada exclusivamente con
este fin en la caja de la escalera, que tenga una
sección de 3030 centímetros, carezca de
cambios de dirección o rotaciones, y esté
cerrada conveniente, pero de forma que sea practicable en
todas las plantas desde lugares de uso
común.
1.1.2 Edificios
destinados a un solo abonado.
En el caso de suministro a un solo abonado, como edificios
públicos o destinados a una industria
específica, no existen líneas repartidoras; la
caja general de protección enlazará
directamente con el contador o contadores del abonado. Cada
contador enlazará con el correspondiente dispositivo
privado de mando y protección.
1.2 Conductores
Las líneas repartidoras destinadas a la
conexión de contadores instalados en forma individual
o concentrados por plantas y cuando la alimentación a
las mismas se realice por su parte inferior, podrán
estar constituidas por tramos de diferentes secciones y
composición. El número de conductores en cada
uno de los tramos será el conveniente a fin de
establecer un reparto lo más equilibrado posible de
las cargas previsibles sobre los conductores de
acometida.
Cuando las líneas repartidoras sean alimentadas por
su parte superior, deberán tener sección y
composición constantes en todo su recorrido.
Los conductores utilizados serán de cobre.
Para el cálculo de la sección de los
conductores, se tendrá en cuenta la máxima
caída de tensión admisible, que
será:
- Para las líneas repartidoras destinadas a
contadores instalados en forma individual o concentrados por
plantas: 1 por 100.
- Para líneas repartidoras destinadas a contadores
totalmente concentrados: 0.5 por 100.
Para la sección del conductor neutro se tendrá
en cuenta el máximo desequilibrio que pueda preverse
y su adecuado comportamiento, en función de las
protecciones establecidas, ante las sobrecargas y
cortocircuitos que puedan presentarse.
La caída de tensión se entiende desde la caja
general de protección hasta el arranque de las
derivaciones individuales para cada uno de los abonados
conectados a la línea repartidora, considerando como
carga previsible de cada abonado la correspondiente al grado
de electrificación de su vivienda y aplicando los
coeficientes de simultaneidad indicados en la
Instrucción
MI
BT 010.