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Novedades

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Terminología

                En la ITC-BT-01 se recogen una seria de términos que aparecen en este reglamento y en las normas de referencia, con nuevos términos, adaptados a los nuevos materiales empleados en las instalaciones.

 Normas de Referencia

                En la ITC-BT-02 se recogen las normas de referencia mencionadas por el Reglamento de Baja Tensión, con la última fecha de publicación.

 Instaladores autorizados

                En la ITC-BT-03 se contempla  las especialidades del instalador. Se establecen dos categorías, la básica y la especialista, con nueve especialidades. Se amplían los medios técnicos y humanos del instalador.

                Cambia el concepto de  carnét de instalador por el de certificado de cualificación individual.

                 El Reglamento establece que las instalaciones serán ejecutadas y mantenidas por instaladores autorizados, por lo que los usuarios de las instalaciones eléctricas no podrán realizar ningún tipo de modificación en las instalaciones, por pequeñas que sean.

                 Otra de las novedades es la exigencia al instalador de entregar al usuario una documentación detallada de la instalación  donde se reflejen sus características mas importantes, como esquema unificar, trazado de las líneas, instrucciones y precauciones de uso.

             

Puesta en servicio de las instalaciones

                Para la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones, se requiere la presentación de una documentación técnica en la comunidad autónoma competente, bien un proyecto eléctrico, o  una memoria técnica de diseño.

 

Verificaciones e inspecciones

                Las instalaciones eléctricas serán objeto de verificaciones eléctricas por parte del instalador que las ejecutó, debiendo presentar la documentación en la comunidad competente.

                Se establece inspecciones eléctricas por parte de los Organismos de Control en las instalaciones. Entre algunas de las instalaciones a controlar se encuentran, los locales públicos, industrias de más de 100 kW, el alumbrado exterior con potencia superior a 5 kW, locales de incendio o explosión y las viviendas.

  

Redes de distribución

                Las instrucciones de las redes de distribución aérea y subterránea se han agrupado cada una en una instrucción. Aparece la instalación en galerías visitables y registrables.

Alumbrado exterior

                En el alumbrado exterior la puesta a tierra se realizará por medio de una red de tierras.

                El circuito de alimentación estará separado de otros circuitos, mediante magnetotermico y diferencial independiente.

                Se hace preceptivo el empleo de diferenciales en alumbrado exterior, que dependerá de la resistencia de tierra obtenida.

 Previsión de cargas

                Se recoge una nueva previsión  de cargas en los edificios, adaptados a la nueva tensión y a los nuevos receptores en las viviendas.

 Instalación de enlace

                Los esquemas de instalación, prevén la caja de protección y medida, la línea repartidora pasa a llamarse línea general de alimentación, y los contadores se instalarán en un local cuando sean mas de 16.

                Se tiene que utilizar los conocidos como cables libres de halógenos.

 Puestas a tierra 

                Desaparece la ITC-BT-39 como ITC de tierras y aparece en la ITC-BT-18. Disminuye la sección de los conductores de tierra y se diferencian los sistemas de protección según el tipo de red de distribución elegida.

 Sobretensiones

                Las sobretensiones ya no aparecen en la ITC de protección contra sobreintensidades, tiene una instrucción  técnica complementaria detallada sobre las protecciones contra sobretensiones.

 Viviendas

                Es una de las instalaciones que mas han sido afectadas por este nuevo Reglamento.

                Aumenta la demanda mínima de la vivienda pasando a ser de 5750w en Básica y 9200w en elevada. Desaparece la Electrificación mínima.

                Aumenta el número de circuitos a instalar en una vivienda.

 Aseos

                Los aseos pasan a tener cuatro volúmenes. Se detalla con mayor exactitud la instalación en aseos sin plato o ducha.

                Se puede instalar más receptores en el interior de los volúmenes y se contempla la instalación de la bañera de hidromasaje.

 Locales públicos

                Cambia la consideración de local público, algunas según su aforo.

                Se modifican los alumbrados especiales según la CPI-96, ahora son alumbrado de emergencias, cambiando su división. Nuevos tipos de alumbrado y niveles de iluminación.

                Se tiene que utilizar los conocidos como cables libres de halógenos.

 Locales con características especiales

                Se agrupan todos en una sola instrucción, húmedos, mojados, a temperatura elevada, etc..

 Instrucciones nuevas

                Aparecen nuevas instalaciones con instrucciones dedicadas en exclusividad, como las de muebles, saunas, puertos, hortícolas, domotica, ferias y estands, generadoras, etc.

                Se observa que la instrucción de juguetes ha desaparecido, pero ha sido contemplada por la Directiva de juguetes.

Locales sanitarios

                Desaparece de la instrucción de locales públicos y pasa a tener una instrucción exclusiva.              Prácticamente no ha sido modificada

                Desaparece la  aplicación a los aparatos de rayos X, al estar contemplados en la Directiva de productos sanitarios.