REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN |
REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN 1973
Hoja de Interpretación nº18
Fecha 7-2-77
TEMA: INSTALACIONES INTERIORES O RECEPTORAS. TUBOS PROTECTORES BLINDADOS
Instrucciones
MI BT
001
INTRODUCCIÓN:
La
Instrucción MI BT 001 en su
apartado
6.7 se refiere a las
características del tubo blindado, y entre ellas se
destaca su grado de protección contra los
daños mecánicos.
El motivo de la presente Hoja de
Interpretación es el de aclarar las dudas que puedan
surgir, tanto en la definición del tubo blindado,
como en el empleo del mismo en instalaciones
eléctricas bajo tubo.
INTERPRETACIÓN
La
Instrucción MI BT 001 en el apartado citado especifica que un tubo
para canalizaciones eléctricas se considera del tipo
blindado, cuando además de soportar los esfuerzos
mecánicos que se produzcan durante su almacenado,
transporte y colocación, es capaz de resistir
después de su colocación fuertes presiones y
golpes repetidos, ofreciendo una resistencia notable a la
penetración de objetos puntiagudos, teniendo un grado
de protección contra los daños
mecánicos 7 ó 9, según UNE 20 324.
Los tubos protectores, aislantes y
rígidos, de material plástico que ofrezcan un
grado de protección no inferior al anteriormente
indicado, también podrán ser considerados como
tubos blindados y como tales, empleados en las instalaciones
eléctricas bajo tubo blindado que señala el
vigente Reglamento Electrotécnico para Baja
Tensión.