REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN |
REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN 1973
Hoja de Interpretación nº15
Fecha 26-3-76
TEMA: UTILIZACIÓN DE CALENTADORES ELÉCTRICOS DE AGUA DEL TIPO DUCHA EN EL CUARTO DE BAÑO
Instrucciones
MI BT
024
INTRODUCCIÓN:
En la
Instrucción MI BT 024,
apartado
2, se especifican las zonas en
que se divide un cuarto de baño o aseo, así
como las prescripciones y receptores que se pueden instalar,
en cada una de ellas. El objeto de la presente Hoja de
Interpretación es el aclarar las dudas surgidas en
relación con el empleo de calentadores
eléctricos de agua de tipo ducha.
INTERPRETACIÓN:
Los
calentadores-ducha eléctricos son dispositivos que
por la específica función para la que han sido
concebidos se admite sean fijados dentro del volumen de
prohibición, siempre que sea funcional o
físicamente imposible el que sean situados fuera del
mismo. No obstante, se les exigirá un grado de
protección IP-4-, contra las proyecciones de agua, en
la tapa de la caja de conexiones eléctricas del
mismo.
Además de estas exigencias, estos
tipos de calentadores eléctricos de agua,
deberán cumplir con todas las prescripciones
generales exigidas a los calentadores eléctricos de
agua en la Instrucción
MI BT 024.