Consultas de locales públicos
Estas son algunas de las consultas que me han
realizado, a través del teléfono, o bien a través de esta Web. Las
soluciones que yo muestro aquí son solo opiniones mías.
En este mismo apartado, anexo a la contestación encontraras el punto de la
normativa en el que me baso para tomar esa opinión. Queda en tu mano,
tomar la decisión adecuada para interpretar
ese punto de la normativa.
Si quieres
hacer algún comentario o discrepar sobre mi opinión, me mandas un E-mail
haciendo referencia al numero de consulta.
rafa@mobelt.com
CONSULTA Consulta nº1 - Donde deben conectarse las
emergencias en un local de publica concurrencia. Debe ponerse térmicos
de 10 amperios para las emergencias.
Opinión - El
reglamento no obliga a colocar el térmico de 10 amperios, la ITC-BT-028 en su punto 3.4.2.
cuando exige la colocación del magnetotermico de 10 amperios, está
refiriéndose a el alumbrado de balizamiento (por fuente central).
Justificación -La alimentación de las emergencias no esta comentada en el reglamento
de baja tensión. Por lo que podría colocarse como un simple receptor en
la línea de alumbrado ( esta opinión esta contrastada con la guía
practica de industria en el punto
ITC-BT-028.4.d ).
También es verdad que para su mantenimiento es recomendable
colocarlas con térmico independiente alimentado desde el alumbrado
general, pero teniendo en cuenta que;
Primero: Los alumbrados del local se estarán siempre conectados desde
el cuadro de alumbrado. Porque si dejamos solo un circuito de alumbrado
de esa sala, y fuera precisamente el circuito que nos falla, si la
emergencia estuviera en otro circuito no actuaría el alumbrado de
emergencia.
Segundo: Se dispondrá de forma que en ningún momento el local se
encuentre a oscuras. O se coloca las emergencias en todos los circuitos,
o se colocan como receptores.
Consulta nº2- Los tubos de las canalizaciones
eléctricas en locales públicos, deben ser libres de halógenos?.
Opinión - El
reglamento en la ITC-BT-028 en su punto
4.f. no obliga a colocar este tipo de protección en las
canalizaciones. Solo es necesario que sean del tipo libre de halógenos
los conductores instalados en el local.
Justificación -El punto ITC-BT-028
en su punto 4.f. del reglamento dice que " los elementos de
conducción de cables con características equivalentes a los clasificados
como no propagadores de la llama". Actualmente todos los productos
comercializados para la conducción eléctrica cumplen este requisito.
Además la guía practica de industria en el punto
ITC-BT-028.4.f añade
" Los tubos, canales y bandejas para la conducción de cables pueden
estar fabricados en PVC u otros materiales siempre que cumpla la norma
correspondiente".
Consulta nº3- Las emergencias tienen que tener el cable de protección
durante y después del incendio?.
Opinión - El
reglamento en la ITC-BT-028 en su punto
4.f. no obliga a colocar este conductores si son autónomas.
Justificación -El punto ITC-BT-028
en su punto 4.f. del reglamento dice que " Los cables eléctricos
destinados a circuitos de servicios de seguridad no autónomos o a
circuitos de servicios con fuentes autónomas centralizadas, deben
mantener el servicio durante y después del incendio, siendo conformes a
las especificaciones de la norma UNE-EN 50.200 y tendrán emisión de
humos y gases tóxicos muy opacidad reducida. Los cables con
características equivalentes a la norma UNE 21.123, apartado 3.4.6,
cumplen con esta prescripción de emisión de humos y opacidad reducida. "
Esto obliga a utilizarlos en los circuitos de seguridad no autónomos.
Las emergencias que tendrían la obligación serian las alimentadas desde
una fuente central (por ejemplo las balizas no autónomas).
Estos conductores además de resistir el fuego, cumplirán los ensayos
de reacción al fuego de la norma UNE 21123-4 o UNE 21123-5. En el
mercado se conocen por las siglas (AS+).
Se recomiendan sean cables PH 90. Estos conductores se suelen
fabricar en color naranja.
Consulta nº4- Tengo problemas para colocar el cuadro general en la entrada
del local, podría colocarlo al final del local (en el almacén)? , los contadores
están junto a la entrada.
Opinión - De no poder ponerlo junto a la entrada, debes de poner en
este punto el dispositivo de mando y protección general. Y el cuadro en otro
punto mas adecuado.
Justificación -El punto ITC-BT-017
en su punto 1.1. del reglamento dice que el dispositivo de
mando y protección general " En los locales destinados a
actividades industriales o comerciales, deberán situarse lo más próximo
posible a una puerta de entrada de éstos. " .También dice en este
punto " Los dispositivos individuales de mando y protección de cada uno
de los circuitos, que son el origen de la instalación interior, podrán
instalarse en cuadros separados y en otros lugares."
El punto ITC-BT-028 en su punto 4a. del
reglamento dice " El cuadro general de distribución deberá colocarse en
el punto más próximo posible a la entrada de la acometida o derivación
individual y se colocará junto o sobre él, los dispositivos de mando y
protección establecidos en la instrucción ITC-BT-17. Cuando no sea
posible la instalación del cuadro general en este punto, se instalará en
dicho punto un dispositivo de mando y protección."
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