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Consultas de locales públicos

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Estas son algunas de las consultas que me han realizado, a través del teléfono, o bien a través de esta Web. Las soluciones que yo muestro aquí son solo opiniones mías. En este mismo apartado, anexo a la contestación encontraras el punto de la normativa en el que me baso para tomar esa opinión. Queda en tu mano, tomar la decisión adecuada para interpretar ese punto de la normativa.

Si quieres hacer algún comentario o discrepar sobre mi opinión, me mandas un E-mail haciendo referencia al numero de consulta.

rafa@mobelt.com

CONSULTA

Consulta nº1 - Donde deben conectarse las emergencias en un local de publica concurrencia. Debe ponerse térmicos de 10 amperios para las emergencias.

Opinión - El reglamento no obliga a colocar el térmico de 10 amperios, la ITC-BT-028 en su punto 3.4.2. cuando exige la colocación del  magnetotermico de 10 amperios, está  refiriéndose a el alumbrado de balizamiento (por fuente central).

Justificación -La alimentación de las emergencias no esta comentada en el reglamento de baja tensión. Por lo que podría colocarse como un simple receptor en la línea de alumbrado ( esta opinión esta contrastada con la guía practica de industria en el punto ITC-BT-028.4.d ).

También es verdad que para su mantenimiento es recomendable colocarlas con térmico independiente alimentado desde el alumbrado general, pero teniendo en cuenta que;

Primero: Los alumbrados del local se estarán siempre conectados desde el cuadro de alumbrado. Porque si dejamos solo un circuito de alumbrado de esa sala, y fuera precisamente el circuito que nos falla, si la emergencia estuviera en otro circuito no actuaría el alumbrado de emergencia.
 

Segundo: Se dispondrá de forma que en ningún momento el local se encuentre a oscuras. O se coloca las emergencias en todos los circuitos, o se colocan como receptores.


Consulta nº2- Los tubos de las canalizaciones eléctricas en locales públicos, deben ser libres de halógenos?.

Opinión - El reglamento  en la ITC-BT-028 en su punto 4.f. no obliga a colocar este tipo de protección en las canalizaciones. Solo es necesario que sean del tipo libre de halógenos los conductores instalados en el local.

Justificación -El punto ITC-BT-028 en su punto 4.f. del reglamento dice que " los elementos de conducción de cables con características equivalentes a los clasificados como no propagadores de la llama". Actualmente todos los productos comercializados para la conducción eléctrica cumplen este requisito. Además la guía practica de industria  en el punto ITC-BT-028.4.f añade " Los tubos, canales y bandejas para la conducción de cables pueden estar fabricados en PVC u otros materiales siempre que cumpla la norma correspondiente".


Consulta nº3- Las emergencias tienen que tener el cable de protección durante y después del incendio?.

Opinión - El reglamento  en la ITC-BT-028 en su punto 4.f. no obliga a colocar este conductores si son autónomas.

Justificación -El punto ITC-BT-028 en su punto 4.f. del reglamento dice que " Los cables eléctricos destinados a circuitos de servicios de seguridad no autónomos o a circuitos de servicios con fuentes autónomas centralizadas, deben mantener el servicio durante y después del incendio, siendo conformes a las especificaciones de la norma UNE-EN 50.200 y tendrán emisión de humos y gases tóxicos muy opacidad reducida. Los cables con características equivalentes a la norma UNE 21.123, apartado 3.4.6, cumplen con esta prescripción de emisión de humos y opacidad reducida. "

Esto obliga a utilizarlos en los circuitos de seguridad no autónomos. Las emergencias que tendrían la obligación serian las alimentadas desde una fuente central (por ejemplo las balizas no autónomas).

Estos conductores además de resistir el fuego, cumplirán los ensayos de reacción al fuego de la norma UNE 21123-4 o UNE 21123-5. En el mercado se conocen por las siglas (AS+).

Se recomiendan sean cables PH 90. Estos conductores se suelen fabricar en color naranja.


Consulta nº4- Tengo problemas para colocar el cuadro general en la entrada del local, podría colocarlo al final del local (en el almacén)? , los contadores están junto a la entrada.

Opinión - De no poder ponerlo junto a la entrada, debes de poner en este punto el dispositivo de mando y protección general. Y el cuadro en otro punto mas adecuado.

Justificación -El punto ITC-BT-017 en su punto 1.1. del reglamento dice que  el dispositivo de mando y protección general " En los locales destinados a actividades industriales o comerciales, deberán situarse lo más próximo posible a una puerta de entrada de éstos. " .También dice en este punto " Los dispositivos individuales de mando y protección de cada uno de los circuitos, que son el origen de la instalación interior, podrán instalarse en cuadros separados y en otros lugares."

El punto ITC-BT-028 en su punto 4a. del reglamento dice " El cuadro general de distribución deberá colocarse en el punto más próximo posible a la entrada de la acometida o derivación individual y se colocará junto o sobre él, los dispositivos de mando y protección establecidos en la instrucción ITC-BT-17. Cuando no sea posible la instalación del cuadro general en este punto, se instalará en dicho punto un dispositivo de mando y protección."