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Consultas de otras instalaciones

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Estas son algunas de las consultas que me han realizado, a través del teléfono, o bien a través de esta Web. Las soluciones que yo muestro aquí son solo opiniones mías. En este mismo apartado, anexo a la contestación encontraras el punto de la normativa en el que me baso para tomar esa opinión. Queda en tu mano, tomar la decisión adecuada para interpretar ese punto de la normativa.

Si quieres hacer algún comentario o discrepar sobre mi opinión, me mandas un E-mail haciendo referencia al numero de consulta.

rafa@mobelt.com

 

CONSULTAS

Consulta nº1 - El reglamento dice que las partes metálicas de los kioscos, marquesinas, etc.. y en general el mobiliario urbano, se debe poner a tierra si está a menos de 2 metros del alumbrado exterior, pero a que tipo mobiliario se refiere.

Opinión - La ITC-BT-09.9 se refiere al mobiliario urbano que tiene instalación eléctrica, no por ejemplo a las señales urbanas, etc..

Justificación -La ITC-BT-09-9 nos pide que pongamos a tierra el mobiliario urbano que este amenos de 2 metros del alumbrado exterior "Todas las estructuras metálicas que estén a una distancia inferior a 2 m de las partes metálicas de la instalación de alumbrado exterior deberán estar unidas equipotencialmente entre sí. Será necesario comprobar si estos elementos metálicos pueden transferir tensiones peligrosas a puntos alejados" Por lo que nos exige esta puesta a tierra cuando estos sean capaces de originar tensiones peligrosas y si están cerca del alumbro exterior.


Consulta nº2 - Que tipo de instalación debo de realizar en un garaje.

Opinión - El  reglamento de baja tensión aparte de la clasificación que se hace de los locales con riesgo de incendio y explosión, se deja al técnico la posibilidad de justificar si un local entra dentro de esta clasificación. Dado que la norma UNE de garajes establece que si existe una renovación de aire forzada y se garantiza esta, el local ya no es considerado en su totalidad como de riesgo y explosión, y por tanto se continuaría aplicando lo que hasta ahora. El calculo del  volumen peligroso se puede realizar con el documento de desclasificación que mas abajo puedes descargar.

En cuanto a que si el tubo debe ser metálico o cable armado, la respuesta es que no hace falta debido a lo explicado anteriormente.

Justificación - En este enlace,  DESCLASIFICACION DE GARAJES MEDIANTE DISPOSITIVOS DE VENTILACION FORZADA ,puedes encontrar el modo de justificar todo lo explicado anteriormente.


Consulta nº2 - Tengo que realizar la instalación de un local publico con un letrero exterior de tipo Totem. Seria este letrero  un alumbrado exterior.

Opinión - Seria considerado como alumbrado exterior y su instalación se realizaría como tal.
 

Justificación - En el apartado 1 de la  ITC-BT-09  Campo de aplicación dice; se aplicará a las instalaciones de alumbrado exterior, destinadas a iluminar zonas de dominio público o privado, tales como autopistas, carreteras, calles, plazas, parques, jardines, pasos elevados o subterráneos para vehículos o personas, caminos, etc. Igualmente se incluyen las instalaciones de alumbrado para cabinas telefónicas, anuncios publicitarios, mobiliario urbano en general, monumentos o similares así como todos receptores que se conecten a la red de alumbrado exterior.


Consulta nº2 - Que tipo de conductor tendría que instalar en un garaje no publico. La ITC-BT-29 dice conductor según UNE-20432-3.

Opinión - Si el proyectista ha desclasificado el local con una ventilación adecuada. La instalación seria una convencional estanca, con conductor eléctrico del tipo "Normal".

Justificación - En la ITC-BT-29 en el apartado 9.2 a) dice que serán según UNE-20432-3 Debe decir UNE-EN 50266-2 (es una errata del RBT de 2002).

El  reglamento de baja tensión aparte de la clasificación que se hace de los locales con riesgo de incendio y explosión, se deja al técnico la posibilidad de justificar si un local entra dentro de esta clasificación. Dado que la norma UNE de garajes establece que si existe una renovación de aire forzada y se garantiza esta, el local ya no es considerado en su totalidad como de riesgo y explosión, y por tanto se continuaría aplicando lo que hasta ahora. El calculo del  volumen peligroso se puede realizar con el documento de desclasificación que mas abajo puedes descargar.